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E-Commerce y la protección del negocio mediante el registro de marca

5 de junio de 2020

Los expertos en marketing online han determinado que las ventas efectuadas a través de e-commerce se han disparado entre un 20 % y un 50 % durante el confinamiento por COVID-19.

Es importante resaltar que la pandemia ha provocado una aceleración de la transformación digital, ergo todos los procesos de digitalización incluida la venta online se verán afectados positivamente hacia un nuevo paradigma.

Se  estima que gran parte de este incremento de ventas online se va a mantener a largo plazo, por lo que el comercio electrónico se va a convertir en una parte estructural de cualquier negocio, en detrimento del comercio convencional (offline).

No hace falta mencionar que las ventas por e-commerce eliminan cualquier tipo de fronteras, por lo que entran en juego nuevos players. En este sentido, el empresario o emprendedor, es conocedor de que el canal online amplia el target de clientes respecto al comercio offline.

Por ello, es conveniente advertir que los derechos de  marca pueden verse afectados en una triple vertiente.

En primer lugar, el hecho de ofrecer productos o servicios fuera del país donde se ostente la titularidad de una marca, puede conllevar a cometer infracciones de marca de terceros.

En segundo lugar, es importante remarcar que la protección de un signo distintivo, se adquiere con su registro, i.e. si no se tiene debidamente registrada una marca en aquellos países donde se esté comercializando el producto o servicio, tampoco se estará facultado para evitar que terceros sin el debido consentimiento, puedan ofrecer un producto o servicio idéntico, bajo una denominación idéntica o altamente similar.

En el peor escenario, el tercero podría adelantarse al proceder con el registro de la marca, pasando a ostentar derechos prioritarios y pudiendo impedir las ventas en dicho país si no se pudiera demostrar que se trata de un registro de marca fraudulento.

El registro de una marca, confiere a su titular el derecho a impedir que un tercero pueda utilizar en el mercado un signo idéntico o similar, para productos y servicios idénticos o similares.

Ostentar la titularidad de una marca, supone un hecho diferencial y de valor para la empresa y sus productos, máxime teniendo en cuenta la importancia del e-commerce en la actualidad,  ya que según todas las previsiones, pasará a ser un canal clave o la piedra angular para la maximización de beneficios económicos.

Nosotros ofrecemos el servicio de investigaciones preliminares que ayudan al cliente a tomar la mejor decisión a la hora de ampliar su canal online, a través de informes de viabilidad de registro de marca (en todos aquellos países donde se tenga un interés comercial), así como en la gestión de dominios web. Remarcar, que estos informes de viabilidad ayudan a descartar anterioridades marcarias.

Así mismo, se contribuye a escoger la mejor estrategia para el business, ya sea mediante la recomendación de proceder con la solicitud de una marca, en caso de obtener un informe favorable, o bien sugiriendo un renaming parcial o total del signo, con el fin de mitigar aquellos obstáculos que impedirían la obtención del signo distintivo.

El proceso concluye con la obtención del registro de la marca, con el consiguiente beneficio para su titular, i.e. poder usar el signo en exclusividad en el mercado.

En atención a lo anterior, es preciso tener la marca registrada en aquellos mercados donde se ofrecen productos y servicios identificados con esta.

Artículo de Xavier Badia.

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