El 10 de abril se publicó el BOE la resolución que aprueba la convocatoria del programa de subvenciones ICEX-BREXIT que tiene como objetivo ayudar económicamente a todas las empresas y autónomos que ejerzan su actividad en territorio español y que quieren seguir aprovechando las oportunidades comerciales de Reino Unido, pero se han encontrado con dificultades en el camino. El plazo para presentar las solicitudes termina el 12 de junio o cuando se agote presupuesto. Las ayudas se resuelven por orden de entrada, por lo que es importante no quedarse atrás.
La subvención cubrirá el 75% de los gastos elegibles con una cuantía mínima por beneficiario de 3.000 euros y una máxima que llega a los 200.000 €. Entre los costes elegibles se encuentran el registro de marcas y denominaciones de origen, el registro de patentes y dominios web, la defensa de la marca en el mercado objetivo y las homologaciones y certificaciones dirigidas al mercado de destino.
Para conocer todos los gastos elegibles y toda la información relacionada, os dejamos el Real Decreto 114/2023 dónde se establecen las bases reguladoras.
En la imagen siguiente encontraréis un resumen de los elementos más relevantes del programa ICEX-BREXIT.