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2 de junio de 2023

¿Qué cambia con la modificación de la Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales? 

Tras casi cinco años desde la entrada en vigor de la LOPDGDD, y como consecuencia de las modificaciones realizadas en el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPDD), se han publicado en el BOE las modificaciones de la normativa, que se producen también por el aumento de las reclamaciones y su variedad ante la Agencia Española de Protección de Datos, la cual, durante el 2022 recibió 15.128 reclamaciones, lo que supone un 9 % más que el 2021 y un 47 % respecto el 2020.  

De esas reclamaciones, las planteadas con mayor frecuencia son las correspondientes a los servicios de Internet, seguidas de videovigilancia, recepción de publicidad no deseada e inserción indebida en ficheros de morosidad.  

Ante este panorama, las modificaciones de la Ley Orgánica 3/2018 afectan a la figura del apercibimiento, que deja de incluirse como elemento sancionador, pasando a regularse como un apercibimiento no sancionador con una duración máxima de seis meses.  

Además, respecto al procedimiento sancionador, éste también sufre cambios en sus plazos, los cuales se incrementan en tres meses, pasando a ser de nueve a doce meses, y de doce a dieciocho, en las actuaciones previas de investigación.  

El aumento de plazos se justifica por el incremento también de los procedimientos sancionadores que finalizan con sanciones, y, tal y como ocurre con el número de reclamaciones, las áreas donde se impone un mayor número de multas son las correspondientes a los servicios de Internet. Sin embargo, también destacan las de publicidad, asuntos laborales, brechas de datos personales, contratación fraudulenta y telecomunicaciones, las cuales aglutinan el 87 % del total de las sanciones.  

Como contraprestación a esa mayor carga de reclamaciones y de procedimientos sancionadores, una de las novedades que regula la modificación de la Ley es la dotación a los inspectores de protección de datos de la posibilidad de realizar telemáticamente actuaciones de investigación, como pueda ser por videoconferencia. El objetivo es proporcionarles una mayor agilidad y competencia en su actuación.  

Finalmente, se crea una ventanilla única que permite agilizar los trámites pertinentes en los procedimientos abiertos por la Agencia, y así poder atender las reclamaciones de los ciudadanos con mayor rapidez y eficacia, y de forma más clara y sencilla. Con el fin de facilitar a los ciudadanos el procedimiento para la presentación de reclamaciones, el usuario contará con los correspondientes modelos de presentación de reclamaciones, dentro de la misma sede electrónica. 

Artículo de Imma Martí

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