Una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera lícita una cláusula por la que los proveedores de productos de lujo pueden prohibir a sus distribuidores autorizados recurrir a plataformas de terceros en Internet para vender sus productos.
El Tribunal de Justicia considera que esta cláusula, que deberá tener por objeto preservar la imagen de esos productos y que deberá establecerse de forma uniforme y no discriminatoria, es más eficaz que permitir a los distribuidores de sus productos de lujo la venta en plataformas de Internet a condición de que estas cumplan las mismas exigencia de calidad predefinidas en el sistema de distribución selectiva.